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Mostrando entradas de septiembre, 2013

¿Que consideramos por Gastos Extraordinarios en la Pensión de Alimentos de los menores?

    Debido al gran número de clientes que nos preguntas por la consideración de dichos gastos y pretenden les sean detallados de la mayor forma posible. Nos hemos propuesto, realizar este artículo a modo informativo, e intentar resolver de forma rápida las dudas que se tienen sobre su consideración.     Pese a ello, recordarles, que quedamos a su entera disposición a fin de ampliarles y explicarles cuanto necesiten sobre nuestra especialidad.       GASTOS EXTRAORDINARIOS; GASTOS MEDICOS Y ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS          < GASTOS EXTRAORDINARIOS:        Esta Sala ha reiterado que los gastos extraordinarios son aquellos que exceden de la naturaleza de gasto ordinario y son necesarios, imprescindibles, imprevistos en ese momento, no periódicos y necesarios o conocidos, así como los gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social o mutua privada . Estos gastos, cuando concurren, deben ser satisfechos por mitad por ambos progenitores,