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Mostrando las entradas etiquetadas como ABOGADO MATRIMONIAL ALICANTE

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE - mediación familiar en procedimientos de separación o divorcio.

  Mediación familiar como alternativa a la resolución judicial de conflictos La separación o divorcio judicial no es positivo para la familia porque  deja cicatrices difíciles de curar  y crea resentimientos y rencores. Además del coste emocional, la vía judicial es mucho más costosa para las partes por lo que  la mediación ayuda a resolver los conflictos matrimoniales  mediante la ayuda de un tercero, neutral y objetivo para que las partes puedan alcanzar un  acuerdo amistoso en beneficio de todas las partes  implicadas y de los menores. Se trata de mitigar el dolor que supone una ruptura y poder tener una relación cordial con la otra parte.   La experiencia judicial demuestra que las parejas no se quedan satisfechas y se perpetua el conflicto en el tiempo con el perjuicio que supone para los hijos.  Con la mediación no hay ganadores ni perdedores ; la polaridad del conflicto se resuelve en un clima de cooperación p...

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE: ¿Que es la pensión de Alimentos y como se calcula?

Podemos definir la pensión de alimentos como la obligación de alimentos consiste en el deber impuesto a uno de los cónyuges frente al otro cónyuge o frente a los hijos . La pensión de alimentos  comprenden: *Los gastos ordinarios  son los que, siendo necesarios, son previsibles y periódicos, que son sus notas diferenciales características. Su satisfacción ha de realizarse con el importe de la pensión de alimentos, y abarcan a aquellos que siendo, como dice el art. 142 CC, imprescindibles para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, educación y formación, matizado este carácter de imprescindible por el orden socioeconómico de la familia, se han podido prever y son de una periodicidad regular. “Artículo 142 Código civil Español Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de ...

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE - Reapertura Juzgados de familia en la Provincia de Alicante

Desde Abogados de Divorcios en Alicante m&n , queremos informar a todos nuestros clientes que desde ayer 15 de abril de 2020, los juzgados vuelven a estar operativos, admitiendo la interposición de demandas. Por nuestra parte, seguimos prestando el mejor servicio jurídico posible pese a las adversidades. ¡Quedamos a vuestra entera disposición! Abogado de Divorcios y Separaciones en Alicante tlf. 650 59 44 46

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE - Tramitación Divorcio Online

Abogado de Divorcios en Alicante m&n Debido a la situación actual, en la que no es posible ofrecer un trato personal y directo tal y como venimos haciendo. Son numerosos los clientes que nos preguntáis por el estado de los juzgados actualmente y la posibilidad de iniciar ya la tramitación del procedimiento de divorcio a fin de no encontrarnos con el colapso de los juzgados una vez se reanude la actividad judicial de forma ordinaria. Consideramos, que a diferencia del procedimiento de divorcio contencioso en el que si es necesaria una asistencia personal, tratar con detenimiento la mejor forma de actuación... si es posible el inicio y tramitación del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo (Divorcio Express) ambos cónyuges con el mismo abogado. Es por ello, que facilitamos el inicio de este procedimiento de divorcio / separación de forma online para la provincia de Alicante. El cliente dispondrá de una plantilla en la que indicará cuales son ...

Régimen de custodia y de visitas acordado en los procesos de familia durante el estado de alarma COVID-19

Debido a las incesantes consultas relativas a la aplicación del régimen de custodia y visitas de hijos menores durante el estado de Alarma, los jueces de los diferentes Juzgados de Familia de Alicante, han acordado en junta, la unificación de los siguientes criterios: 1.- La declaración del estado de alarma no suspende los regímenes de guarda y custodia compartida de menores y discapaces con la patria prorrogada o rehabilitada, al permitirse por el art.7.1.d) del R.D. 463/2020 la circulación por las vías de uso público, para el retorno al lugar de residencia habitual. Los intercambios se tendrán que efectuar en las fechas y horarios que corresponda, conforme a la resolución judicial vigente, respetando las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias. En el caso de que se hubiese concretado que el intercambio se efectuara en el centro escolar y no se hubiese previsto el lugar y horario en que debería efectuarse en caso de que se tratase de un día...

ABOGADOS DIVORCIOS ALICANTE ¿Suspensión cambio de Custodia por el estado de Alarma COVID - 19?

Debido la reiteración de esta pregunta, paso a exponer mi apreciación, respecto a si actualmente la crisis sanitaria en la que nos encontramos supone la suspensión del cambio de los menores en los regímenes de Guarda y Custodia. Bien, desde mi punto de vista entendiendo siempre como principio esencial para poder tomar decisión, el beneficio superior del menor y el bienestar del mismo, considero que debe de diferenciarse: - Régimen de custodia monoparental con tardes intersemanales: entiendo que en este caso si se debería de dejar en suspenso las visitas y si es factible aplicar los cambios de fin de semana. - Régimen de custodia compartida: en este caso siempre se den los parámetros mínimos de garantía, interpretando el Real decreto y las medidas del mismo, considero a titulo personal que deberían de seguir en vigor los cambios de los menores de forma ordinaria (siempre y cuando esto no entrañe un riesgo para su salud). Lejos de mi criterio, no tenemos actualmente ...

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE: Medidas Urgentes Familia COVID19

Durante la "paralización" de la actividad judicial a consecuencia de la crisis del COVID - 19, los juzgados de familia exclusivamente admitirán la presentación de escritos, así como la celebración de vistas relativas a los supuestos contemplados en el artículo 158 C.C en el que se regulan una serie de Medidas Urgentes de protección del menor. Artículo 158 Código Civil El Juez, de oficio o a instancia del propio hijo, de cualquier pariente o del Ministerio Fiscal, dictará: 1.º Las medidas convenientes para asegurar la prestación de alimentos y proveer a las futuras necesidades del hijo, en caso de incumplimiento de este deber, por sus padres. 2.º Las disposiciones apropiadas a fin de evitar a los hijos perturbaciones dañosas en los casos de cambio de titular de la potestad de guarda. 3.º Las medidas necesarias para evitar la sustracción de los hijos menores por alguno de los progenitores o por terceras personas y, en particular, las siguientes: a) Prohi...

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE - Suspensión plazos y vistas.

Debido a la situación actual, se tomó la decisión de suspender todos los plazos procesales así como la celebración de vistas que no tengan consideración de urgentes. La suspensión de plazos procesales y actuaciones judiciales estará en vigor hasta la fecha que concrete el CGPJ y deberá ser ratificado tanto por esta institución de gobierno de los jueces como por la Sala de Gobierno del TSJCV, sin perjuicio de su ejecución inmediata.  La medida sigue los criterios fijados por el propio Consejo para garantizar los servicios esenciales de la Administración de Justicia. Por ello se asegurará el cumplimiento de las siguientes actuaciones:  1. Cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicio irreparable.  2. Internamientos urgentes del artículo 763 de la LEC.  3. La adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del articulo 158 CC.  4. Los juzgado...

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE

Despacho de  Abogados especializado en Derecho Matrimonial en Alicante . Gran experiencia en la tramitación de procedimientos de  Separación y Divorcio , tanto en vía amistosa como en procedimiento contencioso.

EXCEPCIONES A LA CUSTODIA COMPARTIDA EN ALICANTE

La guarda y custodia sobre los hijos comprende el ejercicio ordinario de la convivencia con un determinado progenitor, quien debe encargarse de velar por los hijos, educarles, alimentarles y darles una formación integral. Actualmente como bien es sabido por el lector, existe la corriente general de considerar que el modelo de guarda y custodia más beneficiosa para el menor es la guarda y custodia compartida . ( El interés superior del menor viene reconocido en todas las normas nacionales e internacionales que regulan las situaciones que afectan a los menores de edad - LO 1/1996, de protección jurídica del menor; Convención Naciones Unidas 20-11-1989, de los derechos del niño; Carta Europea 8-7-92, de derechos del niño-). Ahora bien, el establecimiento de dicha guarda y custodia compartida no siempre será lo más beneficioso para el menor, por consiguiente, en determinados supuestos la norma a aplicar será la custodia monoparental. Dichos supuestos por los que tenien...

ABOGADOS PARA DIVORCIO EN ALICANTE

ABOGADO ESPECIALIZADO EN DIVORCIOS EN ALICANTE

DESPACHO DE ABOGADOS ESPECIALIZADO EN DERECHO MATRIMONIAL EN ALICANTE - DIVORCIOS, SEPARACIONES Y LIQUIDACIÓN GANANCIALES EN ALICANTE Estudio jurídico altamente especializado en Derecho de Familia , sito en pleno centro de Alicante. Ofrecemos un asesoramiento profundo, especializado y de calidad, teniendo en consideración las necesidades particulares del Cliente. Nuestro mayor compromiso es con nuestros clientes, esforzándonos en su satisfacción y en que el procedimiento les sea lo menos lesivo posible, a razón de ello, todos nuestros presupuestos se encuentran minuciosamente detallados, intentando que sean lo más ajustados económicamente posible y ofreciendo facilidades de pago . Ofrecemos, un trato personal y detallado, pudiendo el cliente precisar de nuestros servicios para cuantas consultas precise sobre el asunto a tratar. La máxima dedicación al caso que nos ocupa, comprometiéndonos en realizar nuestro trabajo con la mayor rapidez y eficacia. Molina ...

EXTINCIÓN PENSIÓN COMPENSATORIA Y ALIMENTOS; IMPROCEDENCIA DE LA PENSIÓN INDEMNIZATORIA

  PENSIÓN ALIMENTOS menores  de edad : respeto al mínimo vital. mayores  de edad :  a) regla de proporcionalidad del artículo 237-9, y a lo dispuesto en el artículo 237-7 C.C.Cat..  b) extinción : si capacidad de trabajo y formación necesaria 237-13 del citado C.C.Cat. o si no trabaja por causa a él imputable, tampoco (art. 237-4 C.C.Cat.) PENSIÓN  INDEMNIZATORIA No procede porque ha existido una  donación remuneratoria, simulada  como una compraventa, con la finalidad de compensar económicamente. La reclamante hacía constar que  se daba totalmente por pagada y finiquitada de sus pretensiones, prometiendo nada más pedir ni reclamar. PENSIÓN  COMPENSATORIA De la  modificación  (artículo 233-18 del C.C.Cat.) o de la extinción (artículo 233-19 C.C.Cat.). En el caso procede la  extinción  porque: - la beneficiaria ha accedido al mercado ...

PACTO PREMATRIMONIAL EN ALICANTE - CAPITULACIONES MATRIMONIALES EN ALICANTE

ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE   Avd. Maisonnave, 41, 6º H 03003 - Alicante tlfs. 650594446 / 865642300 ACUERDOS PREMATRIMONIALES EN ALICANTE   Desde el 2007 en la Comunidad Valenciana, tenemos como régimen económico matrimonial general la Separación de Bienes. Anteriormente a este año, regia como general el Régimen de Gananciales. Nuestra ley permite la modificación y elección de los mismos mediante pacto de las partes, estos pactos se denominan capitulaciones. Cabe indicar, que nuestro régimen de Separación de Bienes, no es total, ya e permite la compensación de uno de los cónyuges al otro por las labores realizadas

¿Que consideramos por Gastos Extraordinarios en la Pensión de Alimentos de los menores?

    Debido al gran número de clientes que nos preguntas por la consideración de dichos gastos y pretenden les sean detallados de la mayor forma posible. Nos hemos propuesto, realizar este artículo a modo informativo, e intentar resolver de forma rápida las dudas que se tienen sobre su consideración.     Pese a ello, recordarles, que quedamos a su entera disposición a fin de ampliarles y explicarles cuanto necesiten sobre nuestra especialidad.       GASTOS EXTRAORDINARIOS; GASTOS MEDICOS Y ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS          < GASTOS EXTRAORDINARIOS:        Esta Sala ha reiterado que los gastos extraordinarios son aquellos que exceden de la naturaleza de gasto ordinario y son necesarios, imprescindibles, imprevistos en ese momento, no periódicos y necesarios o conocidos, así como los gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social o mutua ...