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TABLA PENSIÓN ALIMENTÍCIA (vigente para 2013)

Para comenzar el nuevo año, nos proponemos publicar uno de los puntos que más interés desata. Estas son las tablas de pensión de alimentos vigentes para el 2013. Es importante destacar, que estas tablas surgen a efectos informativos (por tanto no son vinculantes), del trabajo qu realiza la jurisprudencia (la práctica reiterada de sentencias) por la qe se a logrado recabar unos estandares aplicables según las condiciones económicas de los progenitores.


Nos gustaría indicar, que desde nuestro despacho, a traves del correo electrónico que figura en el lateral o bien a traves del número de teléfono 650 59 44 46, nos ponemos a vuestra entera disposición a fin de solventar cuantas dudas tengais sobre la materia en la que somos expecialistas (Derecho Matrimonial).


Entendemos que los clientes, en esta materia, deben de estar profundamente informados y respaldados a la hora de tomar una decisión, ya que de ella, dependerá gran parte de su futuro y el de sus familiares.
 

 
 
TABLAS PENSIÓN ALIMENTOS 2013
 

 
ABOGADO DIVORCIOS ALICANTE: tabla pensión alimentícia 2013 (tocar imágen para ampliar)
 
 
 
 
Molina Navarro - ABOGADOS & CRIMINÓLOGOS
ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
Avd. Maisonnave, nº 28 Bis, Planta 2, pta 7
03003 - ALICANTE
tlf. 650 59 44 46
jmolina-navarro@icali.es
 

 
 
 

Comentarios

CLAUDIO ha dicho que…
muy interesante, me das un poco de luz
Anónimo ha dicho que…
Hola, me gustaría saber si en esta tabla están todos los gastos incluidos (extraescolares, libros, etc.)
miguel m. n. ha dicho que…
En relación a la consulta anterior, cabe indicar, que lo establecido en las tablas de alimentos, tiene caracter orientativo, regulando las mismas exclusivamente los gastos ordinarios (en principio los del dia a dia), no incluyendose los extraordinarios los cuales por regla general serán sufragados de común entre los progenitores.

Anónimo ha dicho que…
No entiendo un poco la tabla
miguel m. n. ha dicho que…
Estimado Amigo, si tiene alguna dificultad de comprensión con la tabla, puede sin ningún compromiso contactar con nuestro despacho al número de téléfono de contacto.

La tabla tiene dos partes una (derecha) que es para si solo uno de los progenitores tiene ingresos y la otra para cuando ambos tienen ingresos, en esta, se sacará una regla entre los ingresos de un conyuge y los de otro.

Un saludo
Anónimo ha dicho que…
Hola, me gustaría saber si esta tabla es de aplicación para parejas no casadas con hijos.

Gracias
miguel m. n. ha dicho que…
Muy sr/a mio.

Efectivamente, sería de aplicación ya que el procedimiento a seguir será muy similar.

Un saludo
Anónimo ha dicho que…
En esta tabla se presuponen unos ingresos del progenitor No custodio hasta 2.850 € y del progenitor Custodio hasta 1.700.
Se podría entender que se está generalizando el que el progenitor No custodio habitualmente ingresa mucho mas que el progenitor custodio. ¿Y si ocurre a la inversa, es decir el progenitor custodio tiene elevados ingresos por encima de los 3.000€ y progenitor no custodio por debajo de los 600€?....?....
miguel m. n. ha dicho que…
Muy sr. mio,

Como hemos destacado numerosas veces, las presentes tablas, son meramente orientativas...

Claro que puede suceder el supuesto que indica. Dandose el mismo, entendemos, el progenitor no custodio, deberia abonar el mínimo vital fijado jurisprudencialmente, el cual varia dependiendo del juzgado que conozca (rondará desde los 75 € a los 150 € mensulaes aproximadamente).

Un saludo y espero haber resuelto su duda.

Atte.
Molina Navarro - ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
Anónimo ha dicho que…
Hola no entiendo muy bien la tabla cuando los dos tienen el mismo sueldo 1300en cuanto se fija la pensiom?.Para contactar con vosotros que num de telef es.
miguel m. n. ha dicho que…
Muy Sr. Mío,

Para ver cuanto sería la pensión alimenticia ha establecer de forma orientaría, debería de fijarse en la tabla grande (la de la izquierda) y buscar salario de la izquierda y en de arriba, ver que cónyuge tendría la custodia...

Si tiene dudas, estaremos encantados de ayudarle a resolverlas. Puede contactar con nosotros a través del tlf móvil 650 59 44 46 de lunes a viernes.

Un saludo
Anónimo ha dicho que…
hola,yo soy la parte que no tiene la custodia no trabajo y no tengo ingresos y el que tiene la custodia cobra unos 2000 e y tiene empresa cuanto tendria que pasarle?
Anónimo ha dicho que…
Buenos días,

En esta tabla están prorrateadas las pagas extras?

Muchas gracias,
Anónimo ha dicho que…
Hola me gustaria saver si en valencia la persona que tiene la custodia se casa de nuevo exime de pagar la pension alimenticia a la persona que no tiene la custodia gracias
Anónimo ha dicho que…
Y si es asi que pasos tengo que dar? Gracias de nuevo
Anónimo ha dicho que…
Creo que ha salido ya otra tabla la cual tiene en cuenta la ciudad en la que se vive y la comunidad autónoma,aprobadas por el CGPJ.
Incluso aplicacion informatica de julio 2013.
miguel m. n. ha dicho que…
Estimado amigo, así es, aún tenemos que realizar un post sobre la nueva tabla. Pero en ella es importante remarcar, que no se contemplan los gastos de educación y formación, los cuales deben de ser costeados de forma independiente.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/En_Portada/Tablas_orientadoras_para_determinar_las_pensiones_alimenticias_de_los_hijos_en_los_procesos_de_familia_elaboradas_por_el_CGPJ
Anónimo ha dicho que…
En mi caso tengo dos hijos, uno de 15 años y otro de 19. El importe de tabla ¿es por hijo?
miguel m. n. ha dicho que…
Muy sr. nuestro. En el supuesto de tener dos hijos, la cuantiar resultante de la tabla, debería de multiplicarse por 1,45.

De todas formas, si tiene dudas de la cuantía que correspondería. puede contactar con nosotros a través del tlf. móvil que figura en el blog.

Un saludo
J ha dicho que…
Muy interesante la publicación. Los resultados de esta tabla son bastante más elevado que los que publica el CGPJ en julio de 2013,en esta memoria:

http://www.poderjudicial.es/stfls/SALA%20DE%20PRENSA/EN%20PORTADA/20130723%20Memoria%20explicativa%20mayo%20%202013%20definitiva.pdf

¿Estas últimas tablas al ser más recientes tienen más validez?

Gracias
miguel m. n. ha dicho que…
Distinguido José Luis, actualmente las "tablas" que se aplican son las del 2014,realizamos a su publicación un post informativo en nuestro blog.

Como constatará tras la lectura del articulo, difieren de las anteriores en su modo de aplicación y desglosan de forma más pormenorizada los conceptos a aplicar.

Adjunto enlace al artículo
http://abogadosdivorciosalicante.blogspot.com.es/2014/01/criterior-tabla-pension-alimenticia.html


Agradecerle su interés. Ante cualquier duda, no deje de consultarnos a traves de nuestros datos de contacto.

Un cordial saludo
Anónimo ha dicho que…
Hola buenas tardes...quisiera saber cuanto debe pagar el padre de mi hija de 5 añitos por su mantencion....yo cobro 426 euros mes de los cuales pago alquiler de piso 170 euros mes...
Ela padre de mi hija declara 16.000 al año....cuanto deberia de pagar por la manuntencion de nuestra hija? Graciass

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