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Mostrando entradas de mayo, 2016

ABOGADO ESPECIALISTA EN DIVORCIOS Y SEPARACIONES EN ALICANTE

ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE DIVORCIO Y SEPARACIÓN CONTENCIOSA / MUTUO ACUERDO ALICANTE Avd. Maisonnave, 41, 6º H 03003 - ALICANTE tlf. 650 59 44 46 / 865 64 23 00 jmolina-navarro@icali.es  Somos un bufete de  abogados matrimonialistas  ubicados en la ciudad de  Alicante . Nuestra  firma está especializada en derecho de familia . Nos  dedicamos de manera exclusiva al derecho matrimonial y de familia  y nuestro principal cometido es tramitar SEPARACIONES y DIVORCIOS. Porque necesitas una  respuesta efectiva a tu divorcio , contar con  expertos abogados matrimonialistas , especializados en derecho de familia y profesionales afines capaces de dar una solución integral a tu situación. Si estás dando los primeros pasos para iniciar tu separación o divorcio, te ofrecemos un servicio especializado y de calidad a un precio razonable. Porque queremos proporcionarte la máxima accesi...

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES SOLICITANDO CUSTODIA COMPARTIDA HIJOS EN ALICANTE

Para modificar la custodia materna por la compartida, no será necesario un cambio “sustancial” de las circunstancias de los hijos. Nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo. Cuando se dictó la sentencia de divorcio el hijo tenía cinco años y en la actualidad tiene doce años, y ese incremento de edad constituye en sí mismo una variable que aconseja un contacto más intenso con los dos progenitores, tal y como recomendó el informe del equipo técnico. Molina Navarro - ABOGADOS Abogados Matrimonialistas en Alicante Avd. Maisonnave, 41, 1º G 03003 - Alicante tlf. 650594446

RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL EN LA COMUNIDAD VALENCIANA ¿Separación de Bienes o Sociedad de Gananciales?

El otro día saltó la noticia sobre la declaración por parte del Tribunal Constitucional, de la declaración de inconstitucional de la Ley de Régimen económico matrimonial valenciano. Esta inconstitucionalidad, supone un punto y final a la separación de bines como norma general establecida por las leyes autonómicas desde 2007 y con una cuestión de inconstitucionalidad desde 2008. Pues bien desde la fecha de la sentencia del Tribunal Constitucional, se aplicará el Derecho Común y por tanto se tendrá como régimen general el de Gananciales. Debiendo en caso de considerarlo los cónyuges que otorgar capitulaciones matrimoniales y cambiar de régimen. A modo clarificador, cabe diferenciar las siguientes etapas: - Hasta 2007: Régimen de Gananciales como general. - Desde 2007: Régimen de separación de bienes como general. - Desde el fallo de inconstitucionalidad establecido por el Tribunal Constitucionale: Régimen de Gananciales como general. Como si...