En esta ocasión vamos a tratar lo que técnicamente se denominas medidas paternofiliales. Son numerosas las veces que nos llaman al despacho y nos comentan; "¿que debo hacer?, me he separado de mi pareja y tenemos un niño pero no estamos casados. El procedimiento que se debe encauzar es el mismo que un procedimiento de separación o divorcio ordinario, bien puede ser de forma amistosa entre los progenitores o bien si tienen puntos de vista diferentes, podrán establecer unas medidas parternofoliales de forma contenciosa. El procedimiento se iniciará mediante la interposición de una demanda, en la que las partes solicitan el establecimiento de una serie de medidas que regularán la convivencia de estos con su hijo y las relaciones bilaterales entre ellos. Se deberá establecer en dicha demanda: - Patria potestad. - Guarda y custodia. (estancias, régimen de visitas o vacaciones...). - Pensión de Alimentos (si se precisa). - Usos y disfrutes. ...
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