ABOGADOS MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN ALICANTE
CUSTODIA COMPARTIDA EN ALICANTE
ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
Avd. Maisonnave, nº 41, 6º H
03003 - Alicante
tlf. 650594446
El otro día, un cliente con el que estamos peleando para que pueda tener una custodia compartida, me enviaba este texto diciendo que le parecia de lo más enriquecedor y que así era exactamente como se sentia.
Desde el despacho, entendemos que el régimen de guardia y custodia de los menores debe estar determinado caso por caso.
Recuerden que actualmente cualquier progenitor, está en su derecho a solicitar la custodia compartida, bien sea mediante el procedimiento de Divorcio, de Separación, Medidas Paterno-Filiales si los padres no están casados o bien mediante una modificación de medidas si se encuentran frente a un régimen de monoparentalidad.
POR LA CUSTODIA COMPARTIDA POR DEFECTO
¿Por qué pedimos la custodia compartida?
Pedimos la custodia compartida, simplemente porque consideramos que la custodia monoparental es un crimen que atenta contra el derecho de nuestros hijos a seguir teniendo madre y padre en igualdad de condiciones.
Quien permite que le sea sustraído un derecho fundamental como padre y permita que sus hijos vivan sin este derecho, se convierte en una persona que acepta la alienación o esclavitud.
En realidad se presentan serias objeciones de conciencia a cualquier padre que acepta la custodia monoparental, aún en el caso de que le obligara a hacerlo un Juez.
12 RAZONES DE CONCIENCIA PARA NEGARSE A CUMPLIR LA LEY DEL DIVORCIO.
1. La persona que acepta la custodia monoparental y consecuentemente, asume ser separado de sus hijos, renuncia a un derecho fundamental reconocido en la Carta de las Naciones Unidas y provoca la privación de este derecho en sus hijos.
2. La persona que acepta la custodia monoparental asume la confusión terminológica y jurídica entre matrimonio y familia, confusión de graves consecuencias sociales, que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia), mientras que se mantiene lo que hay que disolver (matrimonio).
3. La persona que acepta la custodia monoparental, asume que se le criminalice, pues de lo contrario no podría ser privado del derecho fundamental a convivir con sus hijos en igualdad de condiciones después del matrimonio. Esta criminalización de la figura paterna o materna comporta graves consecuencias en el desarrollo psicológico de los hijos.
4. La persona que acepta la custodia monoparental asume su discriminación por razón de sexo, situándose al margen de cualquier sociedad moderna que establece en su constitución la igualdad y rechaza dicha discriminación.
5. La persona que acepta la custodia monoparental, acepta que los derechos del cónyuge custodio estén por encima de los derechos de los hijos, pervirtiendo el espíritu de la misma ley de divorcio.
6. La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensión alimenticia al cónyuge custodio hace dejación de un derecho fundamental e inalienable a proporcionar alimento y protección directamente a su descendencia, siendo su situación contraria a la que corresponde a cualquier cultura humana e incluso animal. La conculcación de este derecho tiene graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con aquellos padres que aceptan no ser proveedores directos de protección y alimento.
7. La persona que acepta la custodia monoparental y paga una pensión alimenticia a través de otra persona, renunciando al derecho de convivencia en igualdad de condiciones con sus hijos, en realidad, no rompe el vínculo matrimonial, sino que lo alarga en el tiempo bajo una nueva y al mismo tiempo antigua fórmula: el matrimonio de servidumbre propio de los regímenes de esclavitud.
8. La persona que acepta la custodia monoparental (con la norma del divorcio en España) pervierte el derecho sucesorio y acepta que los bienes que corresponden a sus hijos, puedan ser sustraídos por el ex cónyuge custodio.
9. La persona que acepta la custodia monoparental sabe que sus hijos se situarán en niveles de desprotección de los que dan cuenta los estudios sobre violencia doméstica, lo que constituye una grave irresponsabilidad.
10. La persona que acepta la custodia monoparental asume para sí y para sus hijos un juicio injusto, en el que no existe “delito” alguno y no obstante, serán castigados con la privación de un derecho.
11. La persona que acepta la custodia monoparental asume que se le someta a él y a sus hijos a un juicio ‘previo’ sin garantía procesal alguna que tendrá lugar en el marco de actuación de los gabinetes psicosociales de los Juzgados.
12. La persona que acepta la custodia monoparental, asume el juego perverso que se da entre Juzgados de Familia y gabinetes psicosociales, por el que éstos aportan pseudoterapias psicológicas obsoletas desde el punto de vista científico, y aquellos obtienen el contenido para sus sentencias que no pueden justificar de otra manera.
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