Ir al contenido principal

ABOGADOS DIVORCIOS ALICANTE ¿Suspensión cambio de Custodia por el estado de Alarma COVID - 19?



Debido la reiteración de esta pregunta, paso a exponer mi apreciación, respecto a si actualmente la crisis sanitaria en la que nos encontramos supone la suspensión del cambio de los menores en los regímenes de Guarda y Custodia.

Bien, desde mi punto de vista entendiendo siempre como principio esencial para poder tomar decisión, el beneficio superior del menor y el bienestar del mismo, considero que debe de diferenciarse:

- Régimen de custodia monoparental con tardes intersemanales: entiendo que en este caso si se debería de dejar en suspenso las visitas y si es factible aplicar los cambios de fin de semana.

- Régimen de custodia compartida: en este caso siempre se den los parámetros mínimos de garantía, interpretando el Real decreto y las medidas del mismo, considero a titulo personal que deberían de seguir en vigor los cambios de los menores de forma ordinaria (siempre y cuando esto no entrañe un riesgo para su salud).

Lejos de mi criterio, no tenemos actualmente más pronunciamiento que lo establecido por el Consejo General del Poder Judicial que, establece que corresponde al juez decidir en cada caso sobre la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia
  • Cuando este se vea afectado por las medidas contenidas en el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma ante la pandemia de coronavirus COVID-19 y siempre que no haya acuerdo entre los progenitores.
  • La Comisión Permanente señala que las juntas sectoriales de Juzgados de Familia pueden adoptar acuerdos para unificar criterios y establecer pautas de actuación conjuntas.

Madrid, 20 de marzo de 2020.- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy en sesión extraordinaria que corresponde al juez la decisión pertinente acerca de la suspensión, alteración o modulación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia cuando lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma, afecte directa o indirectamente a la forma y medio con arreglo a los cuales se llevan a la práctica las medidas acordadas.

El órgano de gobierno de los jueces señala que las medidas adoptadas judicialmente en los procedimientos de familia no quedan afectadas por la regla general de suspensión de plazos y actuaciones procesales durante el estado de alarma, ya que si bien no se encuentran en sí mismas entre aquellas actuaciones esenciales cuya realización ha de asegurarse, una vez adoptadas se sitúan en el plano de la ejecución de las resoluciones judiciales que las hayan acordado “y entran dentro del contenido material de las relaciones entre los progenitores en relación con los hijos menores que surgen como consecuencia de la nulidad matrimonial, separación o divorcio y de las decisiones judiciales que fijen las condiciones del ejercicio de la patria potestad, de la guarda y custodia y del régimen de visitas y estancias”.

Ello no significa, añade el CGPJ, que la ejecución práctica del régimen establecido no se vea afectado por lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, @PoderJudicialEs www.poderjudicial.es ya que “la necesidad de preservar la salud de los hijos y de los progenitores puede imponer, según las circunstancias, la modulación o la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias, alterando o suspendiendo la ejecución de las medidas acordadas o determinando una particular forma de llevarlas a cabo”.

La Comisión Permanente señala que, sin perjuicio de la posibilidad, “e incluso conveniencia”, de que esta variación del régimen y de la forma de ejecutarlo sea producto del consenso entre los progenitores, en defecto de acuerdo “corresponde al juez o magistrado adoptar la decisión que proceda” en función de las circunstancias del caso, en garantía de la finalidad tuitiva del Real Decreto y de la preservación de la salud y bienestar de los hijos, así como de la salud de los progenitores y, en general, de la salud pública.

La suspensión, alteración o modificación del régimen acordado puede ser particularmente necesaria, advierte el CGPJ, “cuando los servicios o recursos públicos (Puntos de Encuentro Familiar y recursos equivalentes) se hayan visto afectados en su funcionamiento ordinario como consecuencia de la aplicación de las medidas del Real Decreto 463/2020”.

Por último, la Comisión Permanente dice que “lo anterior no es obstáculo a la eventual adopción de acuerdos en las juntas sectoriales de los Juzgados de Familia con objeto de unificar criterios y de establecer pautas de actuación conjunta en orden a satisfacer las finalidades de protección a que está orientado el Real Decreto 463/2020”.


Actualmente no cabe la posibilidad de interponer procedimientos de ejecución en caso de incumplimiento, recomendando a mis clientes que en caso de considerar que se está actuando con mala fé por parte del otro progenitor y no mirando por los intereses de los menores, dejen constancia fehaciente (mediante comunicación por escrito - email, mensajería móvil...) de todos los pormenores y circunstancias que atañen al caso, mostrando la disconformidad con este supuesto de no cumplir con la guarda y custodia para posteriormente emprender acciones legales una vez normalizada la situación.


Recordarles que seguimos atendiéndoles de forma no presencial mediante llamadas telefónicas, emails así como videoconferencias.



ABOGADOS DIVORCIOS ALICANTE

tlf. 650594446



Comentarios

Entradas populares de este blog

TABLA PENSIÓN ALIMENTÍCIA (vigente para 2013)

Para comenzar el nuevo año, nos proponemos publicar uno de los puntos que más interés desata. Estas son las tablas de pensión de alimentos  vigentes para el 2013 . Es importante destacar, que estas tablas surgen a efectos informativos (por tanto no son vinculantes), del trabajo qu realiza la jurisprudencia (la práctica reiterada de sentencias) por la qe se a logrado recabar unos estandares aplicables según las condiciones económicas de los progenitores. Nos gustaría indicar, que desde nuestro despacho, a traves del correo electrónico que figura en el lateral o bien a traves del número de teléfono 650 59 44 46, nos ponemos a vuestra entera disposición a fin de solventar cuantas dudas tengais sobre la materia en la que somos expecialistas (Derecho Matrimonial). Entendemos que los clientes, en esta materia, deben de estar profundamente informados y respaldados a la hora de tomar una decisión, ya que de ella, dependerá gran parte de su futuro y el de sus familiares. ...

TABLA ESTADISTICA DE PENSIÓN ALIMENTICIA

Para que os podáis hacer una idea del cálculo de la pensión de alimentos, adjunto acompaño dos Tablas Estadísticas de Pensiones Alimenticias, que fueron elaboradas por el Magistrado Juez de Primera Instancia nº 7 de Córdoba, D. Antonio Pérez Martín y, que fueron aprobadas con carácter orientativo y no vinculante , en las III Jornadas Encuentro de Jueces de Familia organizadas por el CGPJ. Espero que con carácter meramente orientativo os puedan ser de utilidad. Un cordial Saludo. Miguel Molina Navarro - ABOGADOS & CRIMINÓLOGOS Abogados Divorcios Alicante Tlf.: 650 59 44 46 email.: miguelmolinanavarro@gmail.com

ABOGADO DIVORCIO ALICANTE m&n - Conoce nuestro despacho

Nuestro despacho de  Abogado Divorcio Alicante  está formado por un equipo de  abogados especializados en Derecho de Familia , y más concretamente en en procesos relacionados con  divorcios y separaciones . A la hora de iniciar un proceso de separación, sabemos que el matrimonio se plantea muchas cuestiones de todo tipo, incluyendo las legales. Para estos casos, puede contar con la labor de  asesoramiento legal  por parte de abogados especializados, los cuáles le acompañarán durante todo el proceso. Desde nuestro  despacho de abogados de Alicante  nos gusta prestar un  servicio personalizado  a todos los clientes que deciden confiar en nosotros para su proceso de divorcio. Por ello les atenderemos para resolver todas las  dudas y consultas  que pueden surgir y les explicaremos detalladamente todos los trámites que implica un  proceso de divorcio , qué  pasos se deben seguir  y cuáles son las mejo...